En un miércoles de importantes anuncios, el Gobierno nacional también dispuso la modificación de la ley de Identidad de Género y prohibió los tratamientos de hormonización y las cirugías de adaptación en menores de 18 años. Así lo informó el vocero presidencial, Manuel Adorni, en conferencia de prensa en Casa Rosada.
«El Gobierno decidió modificar la ley de identidad de género y prohibir los tratamientos de hormonización y las cirugías de adaptación en menores de 18 años», sostuvo Adorni.
En ese sentido, el vocero presidencial sostuvo que la ley «no solo permite esto a mayores de edad, sino a los menores de 18 años. De esta forma hoy los menores que lo deseen pueden hacer tratamientos y cirugías para cambiar su cuerpo en función de cómo se autoperciben».
Si bien, en el anuncio, Adorni reconoció que para que un menor pueda realizar un tratamiento de hormonización debe contar con el consentimiento de los padres, indicó que «si alguno de ellos decide no otorgarlo se puede apelar a un juez para que autorice» la intervención.
El funcionario consideró que «estas intervenciones a las que se expone a los niños es un grave riesgo a su salud física y mental ya que implica una interrupción en su proceso de maduración».
«Países de pioneros del cambio de género como el Reino Unido, Suecia, Finlandia y, recientemente, Estados Unidos, están dando marcha atrás, prohibiendo que los menores puedan someterse a estos procesos por considerarlos irreversibles y con devastadores consecuencias a largo plazo», dijo.
Además, el Gobierno prohibió los traslados de cárceles de los detenidos por cambios en la identidad de género.
Sobre la Ley de Identidad de Género
Ley de Identidad de Género, Nº 26.743 fue aprobada en el año 2012 en por el Congreso de la Nación por una amplia mayoría. La norma reconoce a las identidades trans y permite acceder al cambio registral en el Documento de Identidad a través de un simple trámite administrativo, sin necesidad de acreditar pericias médicas, intervenciones quirúrgicas o tratamientos hormonales.
La norma también establece el derecho al acceso a la «salud integral». A través de ese precepto habilita y garantiza que las personas trans puedan realizarse intervenciones quirúrgicas y tratamientos hormonales para adecuar su cuerpo sin necesidad de requerir autorización judicial o administrativa, en caso de ser mayores de edad.
En relación a los menores de 18 años, la ley indica que, tanto el cambio registral debe ser realizados a través de sus «representantes legales y con expresa conformidad del menor, teniendo en cuenta los principios de capacidad progresiva e interés superior del niño/a de acuerdo con lo estipulado en la Convención sobre los Derechos del Niño».
Además, establece que si los padres, o quien estuviere a cargo se negara, puede acceder a la justicia para que resuelve la autorización o no. Estos mismos principios rigen para la hormonización e intervención quirúrgica en menores edad.
Fuente: Perfil








