El Gobierno nacional oficializó las medidas anunciadas el viernes por el presidente Alberto Fernández para mitigar la segunda ola de coronavirus en el país, que estarán vigentes desde este sábado y hasta el 21 de mayo, diferenciadas con matices según cuatro tipos de zonas de riesgo epidemiológico y sanitario.
Las nuevas medidas están detalladas en el decreto 287/2021 publicado este sábado en el Boletín Oficial, con la firma del Presidente; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y la totalidad de los ministros del Gabinete nacional.
«El presente decreto tiene por objeto establecer medidas generales de prevención respecto de la Covid-19 que se aplicarán en todo el país, y disposiciones locales y focalizadas de contención de contagios», dice la norma en su artículo 2.
Asimismo, indica que tiene como objeto facultar a gobernadores, al Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y al jefe de Gabinete a «adoptar determinadas medidas ante la verificación de determinados parámetros epidemiológicos».
El decreto explica los parámetros para definir el riesgo sanitario en cada provincia del país y establece cuatro categorías: la existencia de “Bajo Riesgo”, “Mediano Riesgo” o “Alto Riesgo” epidemiológico y sanitario en los departamentos o partidos de más de más de 40.000 habitantes y los grandes aglomerados urbanos, departamentos o partidos que se encuentran en situación de «alarma epidemiológica y sanitaria».