El juez del laboral subrogante Alejandro Segura declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/2019 que redujo los montos de las indemnizaciones en accidentes de trabajo y aseguró que la «falta de rentabilidad» de las empresas aseguradoras no debe ser compensada con menores resarcimientos a los empleados enfermos y accidentados.
El fallo de 118 carillas -con lenguaje inclusivo- fue firmado este miércoles y resultó a favor del periodista deportivo Miguel “Tití” Fernández, quien demandó a las empresas TyC Sports y Fox Sports por los problemas de salud que sufrió tras el fallecimiento de su hija Soledad durante el Mundial de Brasil 2014.
Según relató Tití, durante su trabajo como conductor y director de programas periodísticos de las señales de TV padeció “fuertes dolores en el pecho y mareos”, pero que fue “compelido a seguir desempeñándose de forma normal y habitual”.
En este marco, el juez Segura determinó que el monto de la indemnización debe ser calculado por las leyes vigentes anteriores al decreto de Mauricio Macri. En las páginas 13, 14 y 15 el magistrado laboral indicó que “el Estado, mediante este DNU, ha conseguido transferirle las cargas de su fallida política económica a los más necesitados” y rechazó la aplicación del RIPTE para calcular los montos.
Al mismo tiempo, descartó el efecto «retroactivo» del decreto y el incumplimiento de tratados internacionales que proteges los derechos de los trabajadores.
También consideró que el Presidente se arrogó facultades del Congreso y que no hay “urgencia ni necesidad” para decretar una ley de este estilo, más teniendo en cuenta que el Parlamento está en sesiones ordinarias. “¿Está tratando una situación general o solo resulta ser un artilugio jurídico con forma de “bombero para apagar un supuesto incendio” declarado en determinada porción de la sociedad?”, se preguntó el experto en leyes.
“Da la impresión que el poder Ejecutivo opera como un comentarista de la realidad, desentendiéndose de su rol en la construcción del estado de cosas que critica ¿A quién le es atribuirle la responsabilidad de las variables económicas? ¿Quién fija la tasa de interés? ¿Quién es el responsable de los crecientes índices de costo de vida? Seguramente los trabajadores y las trabajadores enfermxes y accidentadxs nada han tenido que ver con ello”.
Qué dice el DNU que reduce el monto de las indemnizaciones por accidentes laborales
En los justificativos del DNU se recalcó que «actualmente el rendimiento financiero de los activos de la industria aseguradora es del orden del 42% promedio, mientras que la tasa de interés vigente para las indemnizaciones por contingencias previstas en la Ley N° 24.557 y sus modificaciones, asciende a niveles cercanos al 90%».
Pero además, agrega que «el ajuste de las obligaciones de las Aseguradoras mediante la aplicación de tasas financieras ha llevado a desnaturalizar los derechos de los trabajadores beneficiarios del sistema, haciendo que las indemnizaciones que les corresponden, legalmente orientadas a la finalidad reparadora de los daños sufridos por ellos, generen rendimientos financieros disociados del daño a reparar y ajenas al propósito que inspira la norma».
La norma también resaltó que «ante los recientes acontecimientos económico-financieros que son de público conocimiento, es indispensable adoptar medidas urgentes para regular con mayor certidumbre y equidad el Sistema de Riesgos del Trabajo».
Sin embargo, el magistrado Segura alertó que existe una “transferencia de responsabilidad en la asimetría de la tasa de interés y la tasa de ganancias de las aseguradoras, de los enfermxs y accidentadxs” y recordó el pago en 24 cuotas a las gasíferas ordenado por el exministro de Energía Javier Iguacel. “El gobierno transfirió las consecuencias de la devaluación que él mismo impuso, a los usuarios que nada tuvieron que ver con esa decisión política monetaria/cambiaria”, señaló en su extensa resolución.
Según el juez, en este caso, los “desequilibrios” de las aseguradoras por una “rentabilidad negativa frente a la descontrolada tasa de interés que fija el Gobierno, es solventada por los enfermxs y accidentadxs con motivo de y en ocasión del trabajo”, lo que representa, a su juicio, “un acción propia de un imaginario Hood Robin”. Por ese motivo, falló a favor de pagarle más de $3,5 millones al periodista Tití Fernández.
Fuente: Ambito