Cuando termine el proceso parlamentario del denominado Paquete Fiscal y la Ley Bases -si es que el Gobierno consigue finalmente su aprobación-, se estima que un millón de asalariados volverían a tributar el Impuesto a las Ganancias. Sería aproximadamente el 10% de los empleados registrados, que suman en total 10,2 millones, según el último dato de la Secretaría de Trabajo.
Así, el impuesto podrá alcanzará a los trabajadores solteros que tengan una remuneración bruta mensual de $ 1.800.000 lo que equivale a un salario de bolsillo de $ 1.494.000.
Si bien en todas las actividades hay empleados que pueden quedar alcanzados por el nuevo Impuesto a las Ganancias, hay algunos gremios en los que las remuneraciones son tan altas que los afectaría a todos.
Es el caso de los aceiteros. La Federación de Trabajadores del complejo Industrial Oleaginoso y el Sindicato de Obreros y Empleados Aceiteros de San Lorenzo (SOEA) en Santa Fe, llamaron a un paro por tiempo indeterminado para que no se apruebe la iniciativa. Los trabajadores del transporte de cargas también entran en el tributo. Pablo Moyano, el líder del sindicato, también llamó a protestar.
Además, los empleados bancarios también tienen salarios mínimos que ingresarían dentro de la base imponible del impuesto, al igual que los obreros marítimos dedicados a la pesca, el transporte y abastecimiento de biocombustibles.
En tanto que los trabajadores petroleros podrían ser alcanzados por el gravamen, pero los gobernadores de las provincias consiguieron la incorporación en la iniciativa en tratamiento en el Congreso de una cláusula de deducción especial que les permitiría no pagar, aunque estuvieran formalmente incluidos. Además, en el lote de los afectados se pueden incluir los trabajadores mineros, maquinistas ferroviarios, personal de la aviación civil y obreros especializados.
Ganancias: ¿cuáles serían las escalas y alícuotas?
La aplicación del impuesto está prevista desde los $ 1.800.000 brutos para un soltero sin hijos. Cuando el ex ministro de Economía José Luis Machinea propuso la famosa «tablita» que establecía una rebaja de las deducciones en la medida en que la persona cobraba salarios más altos, la última categoría comenzaba desde los $ 120.000 anuales, que eran equivalentes entonces a U$S 120.000.
Con la reforma actual, las escalas de las alícuotas serían más progresivas y se moverían entre el 5 y el 35%. El máximo podría aplicarse a partir de un ingreso anual de $ 36.450.000.
Por ejemplo, un asalariado con una remuneración bruta de $ 3.200.000 que no tenga deducciones ni por cónyuge ni por hijos, ni tampoco por gastos como alquiler o servicio doméstico, pagaría un impuesto mensual de $ 247.564,83.
Si se tratase de alguien con ese mismo ingreso y soltero, pero que declara deducciones por dos hijos menores a 18 años, entonces el monto sería de $ 189.796,73 mensuales.
En el caso de un empleado soltero que tuviera dos hijos menores a 18 años declarados a su cargo, el salario bruto más bajo alcanzado por el impuesto sería de $ 2.100.000, que equivale a un sueldo neto de $ 1.781.277,39.
En el caso de un empleado casado con dos hijos menores a cargo, estaría eximido del pago del impuesto con un salario bruto inferior a $ 2.400.000, es decir un sueldo neto de $ 2.081.277,39.
Deducción de intereses en Créditos Hipotecarios
El Senado incorporó al proyecto que fue aprobado en Diputados la posibilidad de deducir hasta el 100% de los intereses de las cuotas de los créditos hipotecarios. El tope inicial previsto es de $ 3.091.035 anual o $ 257.586,25 mensuales lo que generaría un ahorro importante para los tomadores de esos créditos alcanzados por el impuesto. En el dictamen de Diputados ese valor era de solo $ 20.000 anuales o $ 1.667 mensuales.
Gabriela Russo, titular del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, señaló que un empleado sin hijos ni otras cargas de familia alcanzado por Ganancias con un sueldo bruto de $ 2.600.000, al poder deducir $ 257.286 de intereses del crédito hipotecario, pagaría de Ganancias $ 138.396 versus los $ 202.162 si aplicara la deducción de $ 1.667. Es una diferencia a favor del tomador del crédito de $ 63.766 mensuales.
Fuente: Ámbito