La iniciativa -cuyo debate tuvo su fuerte en la Cámara de Diputados- fue aprobada sin debate tras el tratamiento de la ley de emprendedores, y recibió apoyo de todos los bloques políticos, más allá de la puja de algunos senadores por despenalizar el autocultivo de Cannabis.
En paralelo, también por unanimidad, el Senado aprobó un proyecto de comunicación de la salteña María Cristina Fiore para pedirle al Poder Ejecutivo que promulgue y reglamente la norma cuanto antes –el límite fijado en la flamante ley es de 60 días-.
Si bien el texto avalado este miércoles no habilita el cultivo personal, sí garantiza el acceso al aceite de Cannabis a pacientes que acrediten tener las enfermedades que fijará la reglamentación, entre ellas la epilepsia refractaria.
La norma autoriza la importación del aceite hasta que el Estado se encuentre en condiciones de producirlo, con prioridad para los laboratorios públicos nucleados en la ANLAP, y también permite el cultivo de Cannabis por parte del Conicet y el INTA con fines investigativos.
Desde el año pasado, cuando se instaló el debate en el Congreso, el proyecto fue defendido tanto en Diputados como en el Senado por especialistas y organizaciones de la sociedad civil, como Mamá Cultiva y CAMEDA.
Además, la ley establece la creación de un registro nacional voluntario para autorizar la inscripción de pacientes y familiares de pacientes que, presentando las patologías incluidas en la reglamentación o prescriptas por médicos de hospitales públicos, sean usuarios de aceite de cáñamo. Este registro resguardará la protección de confidencialidad de datos personales.