El «dólar tarjeta» para consumo a crédito en dólares y gastos en el exterior valdrá desde hoy $ 1.320 tras la devaluación del tipo de cambio que se efectuará desde este miércoles.
Este tipo de cambio estará compuesto por un 30% de Impuesto PAIS y un 35% de adelanto del Impuesto a las Ganancias (hasta ayer era del 100%) y se elimina el 25% de percepción de Bienes Personales.
En tanto, para la exportación el dólar será de $ 860, en un esquema para liquidar 80% en el MULC (con nuevo valor a $800) y 20% en el Contado con Liquidación (CCL).
Las importaciones se moverán con un dólar a $ 940, porque el impuesto PAIS subirá de 7,5% a 17,5% (para bienes y servicios).
Dólar tarjeta: a qué se le aplica el impuesto PAIS
Según lo expuesto por el Decreto 29/2023 del Boletín Oficial, el Impuesto PAIS se aplica a:
Compra de billetes y divisas en moneda extranjera para atesoramiento o sin destino específico
Cambio de divisas destinado al pago de determinadas operaciones con los sujetos residentes en el país cancelen mediante tarjeta de crédito, de compras, de débito u otros medios de pagos equivalentes.
Adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de turismo y servicios de transporte de pasajeros con destino fuera del país.
Los últimos cambios al dólar tarjeta
A finales del mes pasado se había publicado la Resolución General 5450/2023 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), lo cual estableció un nuevo aumento en la carga impositiva del tipo de cambio, algo que volverá a cambiar desde hoy.
En concreto, la medida que tomó el Gobierno saliente estableció cambios en las alícuotas de percepción para todas las transacciones de adquisición de bienes y/o servicios efectuados en el exterior por sujetos residentes en la Argentina a través de tarjetas de crédito, débito y prepagas, o cualquier medio de pago equivalente. Allí se encuadran por ejemplo las plataformas de streaming como Netflix, Spotify, pero también la compra de divisa para ahorro con el cupo de U$S 200 mensuales.
La normativa había determinado que para la compra de bienes y servicios del exterior se incrementara la alícuota de percepción del impuesto a las Ganancias del 45 al 100%, mientras que se mantuvo la tasa del 25% por adelanto de Bienes Personales. De esta forma el recargo en el valor del tipo de cambio llegó al 125%, a lo que hay que sumar el 30% del Impuesto PAÍS, por lo que el recargo final era del 155%.
Fuente: Ámbito