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Diputados aprobó en general el proyecto que penaliza la corrupción empresaria

29 de junio de 2017
Tiempo de lectura:2 mins read

La Cámara de Diputados aprobó este miércoles, en general, el proyecto de ley del Poder Ejecutivo que penaliza la corrupción empresaria contra la Administración Pública con fuertes multas y la prohibición de participar en licitaciones públicas, entre otras sanciones; aunque ante la falta de acuerdos debió postergar por una semana el tratamiento en particular.

La coalición Cambiemos, logró la aprobación con el apoyo del massismo, que, a cambio, consiguió el compromiso del oficialismo para que se consideren algunas de sus propuestas durante el tratamiento en particular.

A favor de la iniciativa votaron 131 diputados; en contra lo hicieron 63, en tanto que siete se abstuvieron.

Sin embargo, cuando los diputados abordaron el análisis artículo por artículo se encontraron con que había más objeciones que las previstas y que acordar un texto sería muy engorroso.

La determinación de interrumpir el proceso de tratamiento en particular se precipitó cuando el oficialismo perdió la votación del artículo 1, el que fija el objeto de la ley, en este caso los delitos alcanzados por la nueva norma.

El dictamen de mayoría establece que podrá celebrarse un acuerdo de colaboración eficaz entre el Ministerio Público Fiscal y la empresa que se comprometa a aportar «información o datos precisos, útiles, completos y comprobables para el esclarecimiento de los hechos, la identificación de sus autores o partícipes y/o el recupero del producto o las ganancias del delito».

El acuerdo podrá prever el saneamiento de los actos viciados por los hechos reconocidos y la extinción de acciones sancionatorias y administrativas previa intervención vinculante de la Procuración del Tesoro de la Nación o autoridad equivalente en otros poderes o en las jurisdicciones locales, que deberá pronunciarse en relación al interés público comprometido.

La celebración del acuerdo de colaboración eficaz «no implicará reconocimiento de responsabilidad por parte de la persona jurídica».

Fuente: Télam

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