Stella Maris Leverberg, titular de UDPM en charla con FM Enfoque de Campo Grande
Lo que sigue es el acuerdo entre los gremios UDPM y Sidep con el Gobierno educativo, firmado el miércoles y que selló el incremento salarial del 15,5% para los docentes de Misiones:
a) recomposición salarial al básico desde el mes de febrero de 2018, con carácter de urgente, y cuya liquidación se perciba con el sueldo de febrero.
b) La Provincia de Misiones se compromete a aumentar el salario básico del cargo maestro de grado jornada simple (o su equivalente en horas cátedras), modificando los puntos índices del escalafón docente, elevándolo de $ 4.100,77 a $ 4.511,77 desde el 1ro de febrero de 2018. Ningún docente por el cargo de base percibirá menos de $11.400 desde febrero de 2018 y $12.000 a partir de julio de 2018.
c) Reducir 1,5 puntos porcentuales el aporte previsional del trabajador docente desde el 1ro de febrero de 2018; y 3,5 puntos porcentuales desde el 1ro de abril de 2018. De esta manera, el Aporte Jubilatorio Docente se reduce en un primer tramo del 19% al 17,5% y finalmente al 14%.Esto representa una mejora en el salario de bolsillo en el marco de la armonización de los criterios previsionales de las cajas jubilatorias provinciales no transferibles y nacionales. Este acuerdo no significa merma alguna en los haberes actuales o futuros de los trabajadores docentes jubilados. Lo acordado en los ítems a), b) y c) significará en promedio un incremento salarial al mes de abril de 2018 del 15,5%.
d) El Gobierno Provincial se compromete a afrontar el 50% (cincuenta por ciento) correspondiente al Aporte Provincial (ex Fondo Compensador Adicional Artículo 9 ) en virtud de la reducción de la remesa prevista por parte del Gobierno Nacional para el corriente año equivalente al 25% (Veinticinco Por Ciento) que se suma al 25% de reducción del año 2017.
e) Ratificar el Acta suscripta el 24 de noviembre de 2017 por la cual se transforma en bonificable por cargo o su equivalente en horas catedra el 25% del ex fondo compensador adicional articulo 9 pasando a ser remunerativo y bonificable a partir del mes de febrero de 2018.
f) Asumir el compromiso de transformar en adicional remunerativo y bonificable en forma gradual y progresiva el Aporte Provincial (ex Fondo Compensador Adicional artículo 9 que ha quedado a cargo del Estado Provincial).
g) Asumir el compromiso de adelantar con recursos provinciales, a mediados de cada mes, el fondo nacional de incentivo docente y el Aporte Nacional (ex Fondo Compensador Adicional artículo 9).
h) Durante los meses de Enero de 2018 a Diciembre de 2018 se percibirá el APORTE NACIONAL A MATERIAL DIDACTICO 2018 conforme Resolución -2017-4809 del Ministerio de Educación de la Nación $210 (Pesos Doscientos Diez) por cargo.
i) Asumir el compromiso de pagar en el mes de febrero de 2018 la ayuda escolar por hijo y la ayuda escolar por hijo con capacidades diferentes.
j) Reconvertir la denominación del Decreto 747/14 y 141/15 en adicional material didáctico provincial con idéntica forma de cálculo a la actualmente utilizada.
K) Incrementar los aportes y tramos del régimen de asignaciones familiares desde el mes de abril de 2018 para lo cual se convocara a una mesa de trabajo en el mes de marzo de 2018. Durante los meses de febrero y marzo de 2018 se mantienen los montos y tramos percibidos tomando como base los haberes del mes de enero de 2018.
Con respecto a otros aspectos, las partes acuerdan:
a) establecer un cronograma definitivo y progresivo de pago total suplementarias de los meses de Diciembre 2017 y Enero 2018 para el mes de febrero de 2018.
b) del pago total del proporcional vacaciones para el personal suplente con fecha a informar entre el 7 y el 12 de marzo de 2018.
c) el pago total de comedores escolares antes del 28 de febrero de 2018.
d) Establecer, por medio de instrumento legal del C.G.E., la continuidad de los docentes que se encontraren en vacantes de Cambio de Tareas, siempre y cuando persista la patología que lo originó, y así también la presentación en escuelas donde estuvieren prestando servicio los conyugues de miembros de Fuerzas de Seguridad, desburocratizando de esta manera los trámites que deberán efectuar tanto los docentes titulares y dando continuidad a sus respectivos suplentes.
e) Conformar una mesa de trabajo para la consideración de la actualización de la movilidad jubilatoria de los trabajadores docentes jubilados.
El sindicato deja expresa constancia de su reclamo de los siguientes puntos:
a) ratificar que los trabajadores docentes deben quedar excluidos del impuesto a las ganancias.
b) Continuar con los “PROGRAMAS SOCIOEDUCATIVOS”, y la continuidad del Plan Nacional de Formación Permanente ( PNFD).
c) Ampliar los alcances de la titularización docente al 31 de Diciembre de 2016, con la ampliación que aquellos casos de docentes que habiéndose jubilado en el año 2016, realizan la notificación de la baja antes del 31 de marzo de 2017. Es fundamental “cuidar el empleo seguro” de los Trabajadores, y el Estado asume la inversión económica que demanda ese compromiso a futuro.
d) Dar continuidad a las diferentes comisiones técnicas que abordan diferentes temáticas que hacen al buen funcionamiento del sistema educativo.
El Gobierno educativo deja constancia que:
La modificación del impuesto a las ganancias aplicable desde el 1ro de enero de 2018 resulta en una mejora salarial en el sueldo de bolsillo de un grupo de trabajadores docentes, conforme los reclamos planteados por los sindicados docentes en las sucesivas actas acuerdo hasta el año 2016 inclusive, y que resulta un esfuerzo para el gobierno provincial toda vez que dicho proporción del impuesto dejado de cobrar, tampoco se coparticipa a la Provincia.
Las partes se comprometen a mantener la Mesa de Dialogo y Comunicación abierta a fin de continuar monitoreando las variables económicas que inciden directamente en el salario de los trabajadores docentes para que en el caso de que la tasa de inflación superara las pautas macrofiscales (15,5%) y el comportamiento de la recaudación fiscal prevista.