Este sábado se cumplen 9 días de la protesta policial frente al Comando Radioeléctrico de Posadas. Uno de los temas que tomó relevancia, además de la cuestión salarial, es lo judicial. La justicia investiga los hechos por la denuncia de la sustracción de móviles que están sobre la avenida Uruguay, donde se desarrolla la protesta, agresiones a uniformados, incumplimiento del deber, entre otros puntos.
Las funciones, responsabilidades y obligaciones de las fuerzas están establecidas en la Ley Orgánica de la Policía de la Provincia. La legislación establece que las fuerzas de seguridad deben «velar y mantener el orden y la paz social, que hoy en día están en incumplimiento», señaló la abogada y diputada provincial, Anazul Centeno.
Qué dice el artículo 4 de la Ley
a) Mantener el orden público, colaborar en la obtención y mantenimiento de la paz y convivencia social.
b) Resguardar la vida, los bienes y los derechos de la población.
c) Actuar como auxiliar permanente de la justicia.
d) Ejercer las funciones de la Policía Judicial.
e) Intervenir en la prevención e investigación de delitos.
Además, el Capítulo II en su artículo 13 se refiere a la función de la Policía de Seguridad y que corresponde:
a) Prevenir y reprimir toda perturbación del orden público, garantizar especialmente la tranquilidad de la población, contribuir con el mantenimiento y obtención de la paz y convivencia social.
b) Resguardar la vida, los bienes, las cosas y los derechos de la población y el Estado.
c) Actuar dentro del marco de la responsabilidad para asegurar el orden constitucional, la vigencia de los poderes de la Provincia, el libre ejercicio de los derechos cívicos y de las instituciones políticas.
Falta al juramento de subordinación
«El juramento a la subordinación al gobernador no es un mero formalismo, sino que tiene un profundo significado institucional», detalló Centeno. Añadió que representa el compromiso del agente de poner su fuerza al servicio de la ley y de las instituciones democráticas.
«La falta a este juramento es una grave falta de ética profesional que puede tener consecuencias importantes para el agente y para la propia institución policial», advirtió la diputada. Es importante recordar que, si la falta implica la comisión de un delito, como la desobediencia o la insubordinación, el agente podría ser juzgado y condenado por un juez penal.
La diputada explicó que en caso que se sospeche que un agente faltó al juramento a la subordinación al gobernador, la autoridad policial competente deberá iniciar un expediente disciplinario. En el expediente, se le dará al agente la oportunidad de defenderse y presentar pruebas. Luego, la autoridad policial determinará la sanción correspondiente, que podrá ser desde una amonestación escrita hasta la destitución.
Posibles sanciones por esta falta
Amonestación escrita.
Arresto policial.
Suspensión de empleo.
Destitución (Cesantía y Exoneración).
Responsabilidad penal.